Accidentes, enfermedades y cuidados médicos

En caso de accidente conviene establecer unas líneas básicas y claras de actuación:

  • Cuando algún alumno sufra un accidente en el colegio, el maestro/a más próximo lo atenderá, valorará la gravedad y aplicará la primera cura si lo estima oportuno.
  • Si se aprecia que el accidente reviste el más mínimo peligro para el alumno/a (golpe en la cabeza, heridas abiertas,...) se llamará a los padres para que sean ellos los que valoren la pertinencia de llevarlos a donde puedan prestarle asistencia médica.
  • Si se aprecia gravedad o riesgo inminente (hemorragia, mareo, fractura, etc,..) se trasladará al alumno/a inmediatamente al servicio médico de la localidad, avisando a los padres también de forma inmediata para que de igual forma acudan a dicho servicio.
  • Si se tratara de un golpe en espalda, cuello, cabeza con pérdida de conocimiento y/o quedara postrado/a, al alumno/a no se le tocará ni moverá de su posición para evitar agravar la lesión. Se le arropará y se llamará inmediatamente a urgencias para que venga asistencia médica especializada.

 

     Es obligación de los padres/madres procurar el cuidado y atención necesarios cuando sus hijos/as están enfermos, no teniendo justificación en ningún caso el hecho de enviar a los mismos enfermos al centro.

 

     Cuando un alumno/a se pone enfermo en clase, el maestro/a enviará aviso a la familia para que venga a hacerse cargo del mismo, salvo que se presente un cuadro que se presuma gravedad, en cuyo caso se actuará de La misma forma que en el apartado de accidentes.

 

     Como norma general, los maestros/as no suministrarán a los alumnos/as medicamentos. Cuando por enfermedad crónica, o por otros motivos, algún alumno necesite cuidados médicos o administración de algún medicamento se actuará:

  • Los padres lo solicitarán por escrito a la dirección del centro, acompañando el justificante médico donde se especifique qué se requiere, motivos y periodicidad.
  • Si se trata de acto médico cualificado, la dirección solicitará al distrito sanitario la realización del mismo por personal cualificado. En tal caso no podrá el maestro/a realizar intervención alguna.
  • Si se trata de una actuación para la que no se requiere preparación sanitaria, podrá realizarla el maestro/a  del centro que se designe, siempre y cuando la solicitud de los padres especifique que se exime al profesorado de la responsabilidad que pudiera derivarse de la intervención o administración del medicamento, y además que los servicios jurídicos y/o equipo médico de la Delegación Provincial de Educación  expresen por escrito que la actuación solicitada no supone riesgo para la salud del alumno/a o que le riesgo que se corre es menor al que se ocasionaría caso de no hacerlo, y que los servicios médicos de Delegación asesoren y enseñen a llevarlo a cabo.

 

La ausencia del alumnado debe justificarse por parte de los padres mediante la "Autorización para salidas fuera del centro". Si ha de salir del centro en horario escolar, siempre acompañado del padre/madre o representante legal.


Documentos


Enlaces